La cuestión de la adopción de su propio hijo surge con mayor frecuencia ante los padres que no están casados con la madre del niño en el momento de su nacimiento. El padre puede decidir establecer la paternidad tanto en el momento del nacimiento del niño, como después, e incluso antes.
Instrucciones
Paso 1
Entonces, lo primero que debes hacer es solicitar el establecimiento de la paternidad. La solicitud es enviada por el padre y la madre del niño, que no están casados, personalmente a la oficina del registro civil.
Si la madre está incapacitada, privada de la patria potestad, no hay información sobre su paradero, y además en caso de fallecimiento, se aplica. En este caso, primero obtenga el consentimiento de la autoridad de tutela y tutela.
Paso 2
Puede presentar una solicitud conjunta para establecer la paternidad tanto antes como después del registro del niño. Si, antes de que nazca el bebé, queda claro que, por cualquier motivo, puede ser difícil o imposible presentar una solicitud de manera conjunta, presente la solicitud mientras la madre está embarazada. Además, en este caso, adjunte a la solicitud un documento que confirme el embarazo. Puede ser emitido por la organización médica en la que se observa a la mujer o por un médico privado.
En este caso, el establecimiento de la paternidad se realiza sobre la base de esta solicitud al emitir un certificado de nacimiento.
Paso 3
Si por alguna razón usted o la madre del niño no pueden estar presentes en persona en la presentación de la solicitud, certifique la firma de la persona ausente ante notario.
Paso 4
Si la madre del niño está oficialmente casada con otra persona, adjunte una declaración de su esposo de que él no es el padre del niño nacido de su esposa.
Paso 5
Si decide registrar su relación con la madre del niño a través del matrimonio, la adopción se producirá automáticamente si está de acuerdo. En este caso, se realizarán los cambios correspondientes en el certificado de nacimiento del menor.
Paso 6
Y finalmente, en cualquiera de las opciones anteriores, pague por el estado. tasa de registro estatal para establecer la paternidad.